SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
El 24 de octubre de 2016, fue aprehendido por Resolución fiscal, a denuncia realizada por Flora Quispe Mamani, por la presunta comisión del delito de pornografía referente a publicación de un video sexual con la hija menor de edad de la denunciante; siendo imputado, el Juez de la causa determinó su detención el 25 del mismo mes y año; como cuando ocurrieron los hechos, él era menor de dieciocho años, planteó acción de libertad que resultó procedente y se dispuso que el cuaderno procesal sea remitido al Juez competente, que en este caso es el Juez de la Niñez y Adolescencia, quien el 28 de octubre de 2016, en audiencia, ante la inasistencia del Fiscal de Materia y falta de requerimiento expreso de detención, dispuso su libertad; sin embargo, horas después fue convocado al Juzgado, donde asistió y fue detenido de forma ilegal por la abogada de parte contraria, quien la condujo a celdas policiales, donde está detenido hasta la presentación de la acción de libertad, transcurriendo seis días sin resolución judicial, ha permanecido más de doce horas en la carceleta de Challapata por orden del sargento Edwin Poma Zacarias, que hizo aparecer una orden al día siguiente como si hubiese sido detenido el sábado, lo más grave que el Fiscal de Materia ha iniciado un nuevo proceso por el mismo hecho, existiendo doble procesamiento.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.2.
- II.5.
- II
- III.1.
- las actuaciones policiales o fiscales que se consideren irregulares, deben ser denunciadas ante el juez cautelar, y sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién será posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR