SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2017-S1
Fecha: 15-Feb-2017
concedió
La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución de 24 de noviembre de 2016, cursante de fs. 100 a 101, concedió la tutela impetrada, disponiendo dejar sin efecto el mandamiento de apremio librado en contra de la accionante, bajo los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de antecedentes, se tuvo que el acuerdo de partes se presentó por el Representante de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, solicitando la homologación, trámite observado por la Jueza demandada, por no contar con el reconocimiento de firmas y rúbricas; 2) En audiencia de 17 de julio de 2015, la accionante reconoció su firma y rúbrica en el acuerdo; por lo que, procedió a su homologación, sin exigir el cumplimiento de los arts. 335 y 448 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, requisito que era de carácter obligatorio para dar curso a la homologación; y, que no podía suplirse por el reconocimiento verbal de las partes en audiencia; y, 3) “No existiendo la Homologación, tampoco Sentencia en el presente proceso de Asistencia familiar, por lo que se denota anomalías (…) no debería haberse ordenado el apremio de la hoy accionante, sin que previamente se hayan cumplido los presupuestos procesales para la realización de la homologación…” (sic), correspondiendo la tutela.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- a la vida y a la libertad
- Respecto a las lesiones al debido proceso, la jurisprudencia constitucional ha sido reiterada y uniforme al señalar que la protección que brinda el habeas corpus, ahora acción de libertad no comprende todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa directa para su restricción o supresión
- deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- …la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR