SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
I.2.2. Informe de la autoridad, funcionario policial y persona demandadas
Rosario del Pilar Loza Valdez a través de su abogado en audiencia refirió que, en el Juzgado Público Civil y Comercial Vigesimoséptimo de la Capital del departamento de La Paz, ganó un juicio de interdicto de recobrar la posesión, por el que el Juez de la causa dictó lanzamiento de inmueble más la reparación del daño y sin perjuicio de ello se remitan obrados para el enjuiciamiento por el delito de despojo, el mismo que fue apelado y confirmado a la vez, y el 6 de septiembre de 2016, se ejecutó el acto de lanzamiento, por lo que fueron desalojados todos los que estaban en el bien inmueble, cambiándose las chapas, empero, una vez alejados del lugar, volvieron a quitarle la posesión desacatando la orden judicial e hicieron justicia por mano propia, motivo por el cual inició la acción de avasallamiento; sin embargo, fue sorprendida con la notificación de la presente acción de defensa de la cual solo señala el cese de la persecución penal indebida y que concurre litispendencia de la que dependería la existencia del delito imputado, sin identificar el derecho vulnerado.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad, funcionario policial y persona demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante el procesamiento ilegal o indebido
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR