SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Que en 29 de noviembre de 2016, al promediar a horas 18:30; Dolores Zambrana Ávila, propietaria del departamento que habitan, acompañada de su esposo ingresó al inmueble completamente alterada, procedieron a romper los vidrios pidiéndoles que desocupen inmediatamente el departamento; sin embargo, ellas no dieron importancia, pese a esa actitud violenta demostrada, para evitar mayores problemas quisieron salir de la casa, empero fueron agredidas y retenidas a la fuerza; que ante tal situación las ahora accionantes llamarón a Radio Patrulla 110, quienes luego de presentarse en el lugar, procedieron a abrir la puerta que se encontraba asegurada con candados, para luego ser conducidas al recinto policial, donde las dieron su libertad, es decir aproximadamente a horas 22:00, en virtud a tales acontecimientos, las accionantes interpusieron acción de libertad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la parte demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
- CONFIRMAR en todo