SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Tercera de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 20/2016 de 10 de diciembre, cursante de fs. 69 a 73 vta., denegó la tutela solicitada con el fundamento que la parte accionante reconoció que la Jueza de Instrucción Penal Séptima de la Capital del mismo departamento, determinó la ilegalidad de su aprehensión disponiendo su detención preventiva, lo cual implica que se activaron de forma simultanea dos jurisdicciones para los mismos reclamos, siendo este un impedimento para que esta jurisdicción ingrese al análisis de fondo de la problemática planteada, pues esto crearía una disfunción procesal contrario al orden jurídico.