SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0108/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0108/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

a)

Gróver Trujillo Rojas, Fiscal de Materia, en audiencia informó que: a) Del cuaderno de investigaciones que se encuentra a su cargo, se observa que se suscitó la suspensión de la audiencia de conciliación, debido a discrepancias entre las partes, motivo por el cual se declaró un cuarto intermedio; b) Se convocó nuevamente a una audiencia para el 22 de noviembre de 2016, en la cual se llegó a un acuerdo satisfactorio, por lo que se elaboró el acta de conciliación; asimismo, por memorial de 9 del mes y año referidos, la parte imputada solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva la cual fue señalada y realizada el 24 del mes y año mencionados, audiencia en la cual se negó la petición de cesación por la autoridad jurisdiccional competente; c) En esa oportunidad el Juez de la causa, consideró el art. 239 del CPP, que establece las causales de cesación y al no haberse desvirtuado los motivos que originaron la detención preventiva, obró conforme a derecho; y, d) No se agotaron los mecanismos, para poder plantear esta acción de libertad, puesto que no se apeló la Resolución del Juez, motivo por el cual debe denegarse la tutela.