SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

a)

La representante del accionante en uso a la réplica manifestó: a) Lo que está en cuestión es la decisión del Tribunal de alzada respecto a la decisión de la Jueza a quo sobre la nulidad de secuestro por la forma arbitraria e ilegal de cómo se realizó, y, b) La presentación de prueba por parte de los Fiscales a los Vocales. Por lo que solicita se conceda la tutela solicitada.

Circunstancia por la cual, Fanny Alfaro Vaquila, Ruth Noemi Arnez Copa e Iván Ortiz Tristan, en su calidad de Fiscales de Materia interpusieron el 27 de noviembre de 2015, apelación incidental contra de dicha determinación, en base a los siguientes argumentos: a) La Jueza de la causa, les negó el plazo de tres días para contestar el traslado del referido incidente de nulidad, ya que no tomo en cuenta que cuando presentaron recurso de reposición contra la providencia que ordenaba el traslado del incidente, se suspendió el plazo de tres días para contestar el mismo hasta que se resuelva el recurso planteado; b) El incidente de nulidad, fue tramitado sin ningún ofrecimiento de prueba, ya que la Resolución Fiscal de 27 de julio de 2015, no fue ofrecida y mucho menos presentada como prueba; y, c) El Auto 133 contiene declaraciones falsas de aspectos que jamás acontecieron, referentes a la incautación que supuestamente se efectuó; así como a la afirmación realizada en el sentido que: “…no existe una orden judicial de incautación” (sic).