Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2017-CA
Fecha: 28-Mar-2017
La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso
De igual forma el art. 81.I del mismo cuerpo legal, establece que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo; aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de Sentencia” (las negrillas nos corresponden).
- Fragmento 1
- ‘Reglamento de Procesos Disciplinarios para la jurisdicción ordinaria y agroambiental
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR