Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0068/2017-CA
Fecha: 29-Mar-2017
antes de la ejecutoría de la Sentencia
El art. 81.I del citado Código, en cuanto a la oportunidad dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia” (las negrillas nos corresponden).
- Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- antes de la ejecutoría de la Sentencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR