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    AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2017-RCA

    Fecha: 03-Mar-2017

    I.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados

    La empresa accionante a través de su representante considera lesionados sus derechos “a un plazo razonable”, al debido proceso en su vertiente a la valoración de la prueba, a la defensa, a la igualdad de las partes; citando al efecto los arts. 115.II, 119.I y II y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • improcedente
    • 1)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • la instancia administrativa, no es exigible agotar la vía contenciosa administrativa, con anterioridad a la interposición de la acción de amparo constitucional, debido a que la vía administrativa concluye, con la resolución emitida por la interposición del Recurso Jerárquico
    • II.4.  Cumplimiento de los requisitos de admisión

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