AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2017-RCA

Fecha: 22-Mar-2017

No Ha Lugar

Conforme a la jurisprudencia señalada y citada por el accionante, se establece que en cuanto se refiere al requisito de la inmediatez, se advierte que aparentemente la presente acción tutelar fue presentada dentro del término que prevé la normativa actualizada, tomando en cuenta que la notificación con la última Resolución -Auto Complementario de 21 de julio de 2016- fue notificado por cedulón el 26 de julio de 2016, según se deduce de un escrito sin firma identificatoria alguna en la copia simple de fs. 65 actuado que no resulta idóneo para determinar del mismo el cómputo para la interposición de la presente acción tutelar que fue presentada el 24 de enero de 2017 (fs. 85); concluyendo, que la notificación corresponde al 21 de julio de 2016 que es la fecha de la emisión del Auto que determina No Ha Lugar al recurso de explicación, complementación y enmienda, arribándose a la conclusión -por no existir antecedente de la notificación con firma de algún servidor judicial perteneciente al Tribunal de garantías- que la presentación de la acción de amparo constitucional fue presentada fuera de los seis meses de plazo establecido por el art. 129.II de la CPE.