AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2017-RCA

Fecha: 23-Mar-2017

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memorial presentado el 23 de febrero de 2017, cursante de fs. 34 a 37, el accionante refirió que el 9 de septiembre de 2016, el ahora demandado Fiscal de materia comunicó al juez cautelar el inicio de investigaciones contra Luis Mamani Muriel, quien conducía su vehículo marca Volvo, color blanco, volqueta con placa de control 2796-KLS por la presunta comisión del delito de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito.

El 19 del citado mes y año, se apersonó en su condición de propietario del motorizado, adjuntando el Registro Único Automotor (RUA), póliza y certificación del Sindicato Mixto “Poopo”, solicitando la devolución de su vehículo al referido Fiscal de Materia, quién requirió a la Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE) la autenticidad del mismo, el 4 de octubre de 2016, reiteró su petición adjuntando el señalado informe, ante ello la autoridad fiscal demandada emitió el requerimiento de 5 de octubre de 2016, señalando que se procederá a la valoración y que con cuyo resultado se dispondrá lo que en derecho corresponda. Ante la falta de respuesta el 15 de noviembre de ese año, solicitó al Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero del departamento de Oruro -Juez cautelar de control jurisdiccional- al vulnerarse su derecho a la petición al no tener una respuesta a su solicitud de devolución de su vehículo, el referido Juez por providencia de 16 de noviembre del referido año, también expreso que la autoridad fiscal debe dar respuesta a su pedido; acudiendo ante la autoridad jurisdiccional por el incumplimiento del Fiscal de Materia, emitiéndose Auto de 13 de enero de 2017, determinando que en el plazo de setenta y dos horas la autoridad fiscal cumpla con responder al pedido de devolución de su vehículo; conminatoria, que tampoco fue cumplida.