AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2017-RCA
Fecha: 23-Mar-2017
II.3 Análisis del caso concreto
El accionante, alumno de la ANAPOL denunció que fue sancionado con baja definitiva de dicha Académica, sin derecho a reincorporación por presuntamente agredir físicamente a otro cadete de segundo curso, habiéndose desarrollado al efecto un proceso administrativo en el que no se respetaron sus derechos al trabajo, educación, al debido proceso, a la defensa, doble instancia, a un juez competente, independiente e imparcial, así como tampoco los principios in dubio pro reo y presunción de inocencia porque sin haber arribado a la verdad se lo declaró culpable de dicho hecho, sin tomar en cuenta adecuadamente las pruebas producidas, las cuales generaron duda; asimismo, denunció que el Vocal de la Comisión del Régimen Disciplinario de la ANAPOL, que suscribió la Resolución Administrativa 016/2016 es amigo del padre de la presunta víctima.
Sin embargo, se advierte que el accionante tanto en el recurso jerárquico cuanto en el presente amparo constitucional denunció que existía duda respecto a su culpabilidad; toda vez que, la prueba producida no demostró con objetividad la agresión denunciada; y, a pesar de ello, fue sancionado con baja definitiva y sin derecho a reincorporación. Consecuentemente dio la oportunidad de pronunciarse a la autoridad demandada que resolvió el recurso jerárquico; por lo que, esta acción tutelar no ingresa en la causal de improcedencia establecida por el Tribunal de garantías.
En base a ello, se llega a la conclusión de que al existir esa relación entre el referido recurso jerárquico y la presente acción de defensa, corresponde la admisión de la presente causa y resolver en el fondo la misma, disponiendo lo que por ley corresponda, con excepción de dos aspectos que no fueron adecuadamente cuestionados en la vía administrativa a efectos de agotar la instancia, consistentes en la denuncia de la vulneración de los derechos al juez competente, independiente e imparcial (situación que debió haber sido cuestionada en el proceso administrativo disciplinario utilizando el medio procesal adecuado; es decir, el incidente de recusación) y de la doble instancia (aspecto que no fue cuestionado en el recurso jerárquico); entonces, salvo esos aspectos, se debe resolver el fondo el presente caso.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3 Análisis del caso concreto
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión