SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

a)

a)  En el primer caso, signado como 17/2015, Nataniel Antezana Arana, presentó una denuncia contra su persona, Mariely Álvarez Ortiz y Luis Alberto Ortiz Vargas, por la presunta comisión de los delitos de hurto y apropiación indebida, por supuestos hechos ocurridos en la Cooperativa de Servicios Públicos Concepción Limitada (COSEPCO Ltda.); dicha denuncia fue desestimada y rechazada mediante Resoluciones de 28 de mayo y 8 de junio de 2015, las cuales no fueron objetadas, adquiriendo la calidad de cosa juzgada;

COSEPCO Ltda. a través de su abogado, en audiencia manifestó que: a) El Auto de Vista 147 se encuentra debidamente fundamentado, pues claramente se refiere a hechos y fechas distintas, la denuncia ante la Fiscalía por la presunta comisión de los delitos de falsificación de documentos privados y uso de instrumento falsificado, y ante el Juzgado Público Mixto de Partido y de Sentencia Penal Segundo de Concepción del departamento de Santa Cruz, por delitos de acción privada como apropiación indebida y abuso de confianza; y, b) La acción tutelar presentada no tiene fundamento, sorprendiéndoles que se haga mención a cuestiones laborales, para lo cual (la accionante) debe plantear otra acción, por lo que solicita no se tome en cuenta esta petición, así como otras planteadas que no tienen sentido y solo tratan de confundir al Juez de garantías.