SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Juez de Instrucción Penal Octavo del departamento de Santa Cruz, mediante decreto de 24 de enero de 2017, señaló audiencia de cesación a su detención preventiva para el 7 de febrero de ese año, motivo por el cual interpuso recurso de reposición; sin embargo, mediante decreto de 27 de enero del mismo año, la autoridad indicó que se esté al señalamiento de audiencia, conforme el rol del Juzgado vulnerando de esa manera el principio de celeridad procesal y lo dispuesto en la jurisprudencia constitucional que indica que las audiencias no pueden ser fijadas en un plazo mayor a cinco días ni menor de tres, por lo que considera que con dicho actuar se vulnera su derecho al debido proceso con afectación a su derecho a la libertad.