SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2017-S1

Fecha: 24-Mar-2017

1)

Wiat Belzu Carvajal, Jueza de Instrucción Penal Segunda del departamento de La Paz, en audiencia señaló que: 1) Es evidente que por Resolución 74/2016 de 19 de diciembre, se consideró la situación jurídica del hoy accionante quien anunció recurso de apelación; 2) El proceso penal cuenta con varios coimputados los cuales solicitaron cesación a la detención preventiva; asimismo, el accionante no cubrió los recaudos de ley, por lo que solo se remitieron las piezas principales y no así todo el expediente; 3) En reiteradas oportunidades se apersonaron al Juzgado los abogados de Luís Adalid Aparicio Delgado, ocasiones en las que se les pidió que debían sacar fotocopias para la remisión de la apelación ante el Tribunal de alzada; empero, siempre recibió como respuesta que regresarían; 4) No cuenta con la boleta que otorga el Consejo de la Magistratura para sacar fotocopias; 5) Ya dispuso la remisión de los antecedentes al Tribunal de alzada pese a ser obligación del subalterno; 6) Existe una solicitud de cesación de detención preventiva y a la vez se exige la remisión de antecedentes no pudiendo hacer dos cosas a la vez, por lo que deberán retirar la solicitud de cesación de detención preventiva o viceversa; y, 7) Solicitó se tome en cuenta los extremos expuestos precedentemente a efectos de tomar su decisión.