SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2017-S3

Fecha: 21-Mar-2017

los requerimientos fiscales numerados del uno al 4 pero no se pronuncia sobre el otro requerimiento fiscal que es el que vengo reiterando en diferentes oportunidades

El 12 de diciembre de 2016, presentó un nuevo memorial, pidiendo respuesta a todos sus requerimientos fiscales y careo, el cual fue respondido por la autoridad fiscal demandada mediante decreto de la misma fecha rechazando “los requerimientos fiscales numerados del uno al 4 pero no se pronuncia sobre el otro requerimiento fiscal que es el que vengo reiterando en diferentes oportunidades” (sic).

Por memorial presentado el 20 de diciembre de 2016, solicitó requerimiento para la valoración del Forense Psicólogo; sin embargo, desde esa fecha no obstante su abogado en diferentes oportunidades se constituyó en las oficinas del hoy demandado, habiendo “hasta la fecha” transcurrido más de catorce días sin que cuente con una respuesta a su petición.

La falta de respuesta positiva o negativa a sus solicitudes tal cual establece el art. 306 del Código de Procedimiento Penal (CPP), le impiden demostrar los nuevos elementos para mejorar su situación y obtener su libertad, además que al no contar con esta valoración se encuentra en desventaja con relación a los otros coimputados que fueron valorados por el Psicólogo Forense.