SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
concedió
El Juez de Ejecución Penal del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 45/2017 de 25 de enero, cursante de fs. 26 a 32, concedió la tutela solicitada, sin disponer nada en específico con los siguientes fundamentos: 1) Celebrada la audiencia de constitución de fiadores el 17 de igual mes y año donde fue rechazada la misma, conocido dicho fallo por el acusado, interpuso recurso de apelación y fue concedida inmediatamente, disponiéndose que el mismo debe ser remitido ante el tribunal de alzada; 2) De los datos del proceso, se evidencia que, recién el 20 del mismo mes y año, el Juez demandado hubiere remitido el testimonio de apelación a las oficinas de plataforma del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, de acuerdo al libro de altas y bajas del Juzgado que preside, así como del oficio de remisión glosado en el proceso original; empero, no es menos cierto y se observa por este “Tribunal” de garantías que no se tiene registrada la hora en la que se recepcionó dicho recurso, ni mucho menos el código o barra de seguridad, es decir, no dio cumplimiento en su remisión dentro las veinticuatro horas que la ley impone, en virtud de tratarse de un detenido en un centro penitenciario; y, 3) Luego de haberse interpuesto el recurso de apelación incidental en audiencia, misma que fue concedida, debió ser remitida dentro las veinticuatro horas ante el tribunal de alzada sin dilación alguna, no se obró con la celeridad que debe caracterizar a los operadores de justicia, más cuando se trata de privados de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.2.1. De la acción de libertad en la constitución Política del Estado
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Procedimiento del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4. El principio de celeridad en la tramitación del recurso de apelación incidental
- III.5. Análisis del caso
- no seas flojo
- CONFIRMAR