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    AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2017-CA

    Fecha: 18-Abr-2017

    SUBSANAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional; dispone que los consultantes en el plazo de cinco días, deberán SUBSANAR la deficiencia formal observada, caso contrario se tendrá por no presentada la consulta.

    • control previo de constitucionalidad en la ratificación de tratados internacionales
    • I.1. Atribución de la Comisión de Admisión
    • Remitido el texto del Tratado Internacional negociado por el Órgano Ejecutivo al Órgano Legislativo para su eventual aprobación y posterior ratificación, corresponderá a la Presidenta o  Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional enviar, de forma obligatoria y dentro del plazo de veinte días de su recepción, al Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III.  En el mismo plazo
    • enviar, de forma obligatoria y dentro del plazo de veinte días de su recepción, al Tribunal Constitucional Plurinacional
    • SUBSANAR

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