AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2017-CA

Fecha: 21-Abr-2017

II.4. Análisis del caso concreto

El memorial de la acción de inconstitucionalidad concreta es confuso; ya que, hace referencia a la interposición de esta acción, como resultado de una proceso interdicto de recuperar la posesión (fs. 40) para luego señalar que la norma impugnada se vincula al “presente proceso penal y es de aplicación al caso concreto” (fs. 42 vta.), además de no permitir una lectura continua del mismo de una a otra hoja.

Los argumentos que se esgrimen, carecen de fundamentación jurídico- constitucional; puesto que, si bien se identificaron los artículos cuya constitucionalidad cuestiona la accionante -arts. 374 y la Disposición Transitoria Tercera parágrafo IV del CPC-, así como también los preceptos constitucionales que cree fueron infringidos; no se consideró que cuando se demanda la inconstitucionalidad de una disposición legal, necesariamente se deben precisar con detalle los argumentos por los cuales se considera que las normas impugnadas son contrarias a cada uno de los preceptos constitucionales citados, dado que la accionante omitió expresar todos los aspectos concernientes a la supuesta contradicción entre cada uno de los artículos impugnados y el precepto constitucional citado; puesto que, solo transcribe jurisprudencia, haciendo únicamente referencia al juez natural quien a su criterio debió conocer el caso indicando que los actos de la autoridad consultante se encuentran en contravención a los arts. 120 y  122 de la CPE. Por todo ello, resulta evidente que en el caso de examen no existe explicación respecto a cómo cada uno de los artículos impugnados resultaría ser inconstitucional, tampoco, se aprecia duda razonable fundamentada de manera sólida; y, no se expresó en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas impugnadas, aspectos que impiden que éste Tribunal Constitucional Plurinacional, ingrese al análisis de la acción de inconstitucionalidad formulada.