AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2017-CA

Fecha: 21-Abr-2017

rechazó

Por Resolución 01/2017 de 29 de marzo, cursante de fs. 56 a 57, el Juez Público Mixto Primero de Caranavi del departamento de La Paz, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad, bajo los siguientes fundamentos: 1) El memorial de la presente acción contiene una redacción muy confusa, es impreciso e incongruente, encontrándose redactado sin ninguna relación entre una y otra hoja, pretendiendo la inconstitucionalidad de normas procesales civiles pero se hace referencia en otros acápites como si se tratará de un proceso penal; 2) La indicada acción, no se encuentra sustentada, pues la jurisdicción y competencia atribuida a esta autoridad se encuentran establecidas en el Código Procesal Civil, en la Ley del Órgano Judicial y el reordenamiento de juzgados, ampliación y asignación de nuevas competencias; y, 3) El proceso de referencia ya concluyó existiendo una Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, estando pendiente únicamente su ejecución.