Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0130/2017-RCA
Fecha: 11-Abr-2017
por no presentada
El mencionado Juez de garantías, por Resolución de 17 de marzo de 2017, cursante de fs. 377 a 380 vta. declaró por no presentada esta acción tutelar, fundamentando que: 1) Los accionantes no expusieron con claridad los hechos en que basan su acción de defensa, al no expresar los agravios que sufrieron en el Auto, objeto de su recurso de apelación; y, 2) No se hallan precisados los derechos presuntamente vulnerados por el Tribunal ad quem, ahora demandado.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión