AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2017-RCA

Fecha: 19-Abr-2017

improcedencia

El Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 06/2017 de 22 de marzo, cursante de fs. 105 a 107, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de los documentos y realizado un análisis se pudo evidenciar que el último acto administrativo vulneratorio fue la RA 104/12, que fue notificado al accionante el 22 de abril de 2016, fecha a partir de la cual se debe computar el plazo correspondiente para la inmediatez, habiendo sido presentada después de casi diez meses aproximadamente; y, 2) Por otra parte también se advierte que no interpuso el recurso de apelación previsto en el art. 58 de la LRDPB; por ello, el 15 de septiembre de ese año, se ejecutorió la RA 104/12, incumpliéndose con el principio a la subsidiariedad; ya que, la acción de defensa no puede ser utilizada como un mecanismo alternativo o sustitutivo de protección, ni como adicional en el proceso, infringiéndose los arts. 129 de la CPE y 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo).