SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

I.2.3. Intervención del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público, en audiencia pública manifestó, que el accionante no agotó las vías necesarias para interponer la presente acción de libertad, indicando que la autoridad jurisdiccional le negó la cesación a la detención preventiva, toda vez que el mismo, no desacreditó los riesgos procesales establecidos en el art. 234.8 y 10 del CPP, si bien desvirtuó el peligro de fuga pero continua latente el numeral 10 de la norma antes señalada, en razón a ello es que el Juez ordenó la detención preventiva en el caso, él debía haber apelado cosa que no lo hizo, por lo que no corresponde considerar su solicitud, toda vez que el no agotó la vía correspondiente, por tal motivo solicita que se deniegue la tutela impetrada.