Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2017-S2
Fecha: 03-Abr-2017
II.1.
II.1. Por Auto interlocutorio de 2 de septiembre de 2016, emitida por el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Pando, se ordenó la devolución del vehículo tipo tracto camión, marca scania de color blanco con chasis 9BSG6X400C3803481, placa de control 2870-SYF, a la representante legal de la empresa “BBPC Transportes S.R.L.”, Teresa Yolanda Miranda Gonzales, a quien se designa depositaria judicial para la exhibición del motorizado las veces que sea requerido (fs. 69 a 70).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La doctrina de las autorestricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la valoración de la prueba, interpretación de la legalidad ordinaria y fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo