SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2017-S1
Fecha: 19-Abr-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Bianca Cecilia Uriarte Maldonado en su contra y de su hermana Marcela Blanca Callisaya Huaynoca, por la presunta comisión de los delitos de amenazas, allanamiento de domicilio y otros, interpuso apelación restringida la gestión 2016 en contra de la Sentencia S-43/2015 de 16 de noviembre, que radicó en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, llevándose a cabo la audiencia el 23 de marzo del mismo año, presidida por el ex Vocal Fernando Ganam Cortez; sin embargo, dicha autoridad fue aprehendida como es de conocimiento público, por lo que desde esa fecha hasta la interposición de la presente acción de tutela no fue pronunciado el auto de vista correspondiente, habiendo transcurrido un año, por cuanto existe retardación de justicia, motivo por el que, solicitó a los nuevos Vocales de la referida Sala que se realice otra audiencia; empero, los mismos decretaron “Se tiene presente”, en consecuencia presentó acción libertad, considerando además que se encuentra “MURIENDO DE ENFERMEDAD (sic)”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Resolución
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- 1)
- III.2.
- III.3. De la falta de legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR