AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2017-CA

Fecha: 05-May-2017

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por informe presentado el 5 de abril de 2017, cursante de fs. 6 a 9, la accionante refirió que  interpone la acción de inconstitucionalidad concreta en razón de que no se puede pretender imponer otra sanción sobre el caso que se tramita, pues lo vocales la sancionaron económicamente; por lo que, se consideró una indebida  recusación, para que su autoridad corra en traslado respectivo y con su respuesta o sin ella, se emita auto fundamentado, promoviendo la acción de inconstitucionalidad concreta del art. 187.4 de la LOJ, bajo los alcances del principio non bis in idem, el cual determina que nadie puede ser sancionado doblemente por un hecho por el cual ya fue absuelto o condenado.