Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0108/2017-CA
Fecha: 05-May-2017
a)
a) La solicitud de control previo de constitucionalidad fue interpuesta por los Presidentes de la Asamblea Territorial y de la Subcentral del Territorio Indígena Multiétnico de San Ignacio de Moxos, en representación de la Asamblea Territorial de la localidad de San Ignacio de Moxos, provincia Moxos del departamento del Beni, por memorial presentado el 26 de abril de 2017, cursante de fs. 200 a 206 vta.
- control previo de constitucionalidad
- I.1. Antecedentes
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Objeto y naturaleza del control previo de constitucionalidad de estatutos o cartas orgánicas
- En el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas estarán legitimados para la presentación de la consulta las autoridades que ellos designen de acuerdo a sus normas y procedimientos propios”
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- ADMITIR