Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0108/2017-CA
Fecha: 05-May-2017
En el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas estarán legitimados para la presentación de la consulta las autoridades que ellos designen de acuerdo a sus normas y procedimientos propios”
Por consiguiente, las autoridades legitimadas para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de estatuto o carta orgánica son la presidenta o presidente del Órgano deliberante de las entidades territoriales autónomas y en el caso de las autonomías indígenas originario campesinas, serán las autoridades designadas por ellas.
- control previo de constitucionalidad
- I.1. Antecedentes
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Objeto y naturaleza del control previo de constitucionalidad de estatutos o cartas orgánicas
- En el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas estarán legitimados para la presentación de la consulta las autoridades que ellos designen de acuerdo a sus normas y procedimientos propios”
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- ADMITIR