Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2017-CA
Fecha: 24-May-2017
RECHAZAR
establecido por el art. 102.I del Código Procesal Constitucional; resuelve: RECHAZAR el conflicto de competencia jurisdiccional, suscitado por Rafael Rodríguez Mamani, Jiliri Mallku de Jatun Killaka Asanajaqi; y, el Juez Público Mixto Primero ambos de Challapata del departamento de Oruro, con la aclaración que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, solo se pronuncia en aquellos casos en los que se suscita un conflicto de competencias ante la negativa de una autoridad de apartarse del conocimiento de un proceso que es reclamado por otra.