AUTO CONSTITUCIONAL 0142/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0142/2017-CA

Fecha: 31-May-2017

“AGRADECER FUNCIONES”

Por memorial presentado el 23 de mayo de 2017, cursante de fs. 11 a 13 vta., la accionante manifiesta que a través del Acuerdo 073/2017 de 5 de mayo, aprobado por el Consejo de la Magistratura dispone “AGRADECER FUNCIONES” a un número determinado de jueces que se encontraban ejerciendo funciones en el Órgano Judicial en distintos departamentos del país, lo que no es otra cosa que una destitución o cese de funciones, “con los pretextos más diversos de que se tenga memoria” (sic), reconociéndose expresamente que los funcionarios judiciales del “anterior sistema” seguían en sus cargos para evitar el colapso del sistema judicial durante la etapa de transición, desconociendo y atentando contra su derecho a la dignidad personal, más allá de que sean considerados funcionarios transitorios.

El Acuerdo ut supra, no tiene sustento legal de ninguna naturaleza, está cargado de arbitrariedad al pretender “dejar en la calle” (sic) a cerca de cien jueces, sin que exista motivo válido, atenta contra la dignidad de quienes vinieron prestando servicios en el Órgano Judicial, que conforme al art. 22 de la CPE, constituye un derecho inviolable y se vulnera el derecho a la igualdad al discriminar a todos quienes venían ejerciendo una función permanente y primordial para el Estado, así sea de manera “transitoria”, al no permitirles compulsar méritos en condiciones de igualdad, con los egresados de la Escuela de Jueces del Estado, con una fundamentación engañosa y aparente, pues, se invocan disposiciones legales que bajo ninguna circunstancia permiten emitir acuerdos como el que es objeto de impugnación.