AUTO CONSTITUCIONAL 0143/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0143/2017-CA

Fecha: 31-May-2017

II.4.  Análisis del caso concreto

Al respecto, se evidencia que la SCP 0060/2015, citada en el Fundamento Jurídico II.3 del presente Auto Constitucional, declaró la constitucionalidad del mencionado art. 187.14 de la LOJ; se evidencia que en el presente caso el accionante solo se limita a señalar que el art. 187.14 de la LOJ, contraviene los principios de tipicidad, reserva legal, seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso, argumentando de manera genérica que la norma cuestionada es inaplicable en todo sentido; por cuanto, conforme al art. 84.I en relación al art. 78.II.1 del CPCo, corresponde rechazar; toda vez que, el precepto objetado ya fue declarado constitucional, haciendo improcedente una nueva demanda de inconstitucionalidad contra la misma norma, porque se trata de igual objeto y causa y se argumenta idénticos preceptos constitucionales impugnados; motivo por el cual, la presente acción incurre en la causal de rechazo prevista por el art. 27.II inc. a) del CPCo, por advertirse que lo pretendido en ella ya cuenta con autoridad de cosa juzgada constitucional.