SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0410/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0410/2017-S1

Fecha: 12-May-2017

Fragmento 3

Fabiana Azero Mendizabal representante legal del Ministerio de Defensa, manifestó que: a) Hubiera sido bien que esté presente el representante del Ministerio Público, para demostrarle que en el cuadernillo de investigaciones cursa inicio de investigación el 2015, en el cual hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar Juan Carlos Borja Román, presentó memoriales en los cuales se puso a derecho; b) De acuerdo al memorial de apelación de 5 de octubre de 2016, se tiene que el 21 de junio “de 2013”, la esposa del denunciado, también se había presentado al proceso, por lo cual están sorprendidos con los reclamos de la supuesta vulneración de derechos del accionante; c) El denunciante, durante el proceso presentó un sin fin de memoriales para solicitar que los mismos se dejen sin efecto, puesto que él no sería víctima en el proceso, en ese sentido ante la Resolución que fue revocada el tribunal de primera instancia manifestó de manera clara que Juan Carlos Borja Román es el denunciante; d) Durante todo el proceso de investigación se hizo conocer de todo actuado al ahora accionante y el mismo asumió su defensa y respecto al fallo constitucional estableció que ya no existe la nulidad de obrados, advertida por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; e) No se demostró de qué forma se había vulnerado los derechos del accionante, al respecto el Auto Supremo 101/2016 (no específica fecha) manifestó que una actitud pasiva no dará lugar a la anulabilidad de obrados, más bien los convalida, por ello consideró que la intención es dilatar el proceso antes de entrar al juicio oral solicitando al efecto denegarse la tutela impetrada.