SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante refiere la vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de falta de motivación, a la defensa y al principio de presunción de inocencia, así como también denunció persecución indebida, manifestando que la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca, mediante Auto interlocutorio de 2 de febrero de 2017, aplicó en su favor la medida sustitutiva a la detención preventiva. Deducida la apelación por parte del Ministerio Público, los Vocales de las Salas Penal Primera y Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca pronunciaron el Auto de Vista 68/2017, por el cual, revocaron la decisión de la Jueza cautelar e ilegalmente ordenaron su detención preventiva en el Penal de “San Roque”, lugar donde permanece recluido en condiciones infrahumanas.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Persecución ilegal o indebida, como presupuesto de activación de la acción de libertad
- III.3. Del procesamiento ilegal o indebido y el debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo