Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0522/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
Otras consideraciones
Se evidencia que la Jueza de garantías, no siguió el procedimiento establecido para la emisión de la Resolución 06/2017 de la acción de amparo constitucional; toda vez que, no observó la concurrencia del principio de inmediatez antes de la admisión de la misma, y contrariamente ingresó a analizar el fondo de la causa, a pesar de haber hecho constar en dicha Resolución que se activó el referido principio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- en el plazo de seis meses
- Fragmento 11
- III.4. Análisis del caso concreto
- Otras consideraciones
- CONFIRMAR