AUTO CONSTITUCIONAL 0174/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0174/2017-CA

Fecha: 26-Jun-2017

II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad

Por su parte, el art. 143 del Código Procesal Constitucional (CPCo.), señala que “El Recurso Directo de Nulidad tiene por objeto declarar la nulidad de los actos de órganos o autoridades públicas que usurpen funciones que no les competen, así como ejercer jurisdicción o potestad que no emane de la Ley”.