Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0047/2017
Fecha: 27-Jun-2017
por lo que se da por repuesto el parágrafo omitido en la segunda versión del Proyecto de texto normativo
En sujeción a lo dispuesto por la Segunda Declaración Constitucional Plurinacional, el consultante reincorporó el ahora parágrafo II de la regulación en estudio, que fue declarado compatible en la DCP 0032/2014, como resultado de ello, el gobierno municipal, podrá emitir una ley para regular el régimen patrimonial y bienes municipales; por lo que se da por repuesto el parágrafo omitido en la segunda versión del Proyecto de texto normativo, el que formará parte de la versión final del Proyecto de Carta Orgánica Municipal.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- INCOMPATIBILIDAD
- Artículo 3. (Ubicación de la jurisdicción territorial)
- limita al Norte con el Municipio de Comarapa y el Municipio de Pampa Grande, al Sur con el Municipio de Vallegrande y con Municipio de Pasorapa, al Este con el Municipio de Vallegrande y el Municipio de El Trigal, y al Oeste con el Municipio de Pasorapa
- suprimir de la previsión analizada, la frase:
- Artículo 15 (Pérdida de Mandato)
- por lo que se da por repuesta esta previsión
- por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras
- por lo que se da por repuesta la citada frase
- por lo que se da por repuesta la previsión original
- II.
- Artículo 38. (Mecanismos y formas de control social)
- por lo que se da por repuesta la frase extrañada
- Artículo 66. (P
- Artículo 64. (Promoción del Empleo)
- por lo que se da por repuesta la previsión
- Artículo 72. (Áridos y agregados)
- Artículo 68. (Áridos y agregados)
- por lo que se da por repuesto el parágrafo omitido en la segunda versión del Proyecto de texto normativo
- Fragmento 23
- Disposición Transitoria Sexta.-
- 1º
- 2º