SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2017-S3
Fecha: 01-Jun-2017
denegó
La Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercera de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 54/2017 de 22 de abril, cursante a fs. 21 y vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) Al cursar Resolución fundamentada sobre excusa -de 6 de abril de 2017- promovida por la autoridad judicial demandada, corresponde a su similar Primero la remisión de la apelación; 2) Al presentarse la apelación el 24 de marzo de igual año, el Juez demandado carece de legitimación pasiva, por cuanto promovió la excusa previo a emitir alguna disposición de forma o de fondo dentro del proceso; y, 3) El 21 de abril de ese año se hubiera remitido el cuaderno de control jurisdiccional con informe sobre observaciones de requisitos de forma de anteriores funcionarios de apoyo jurisdiccional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’.
- una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR