SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0498/2017-S3

Fecha: 01-Jun-2017

1)

Marcelino García Molina, Presidente del Control Social de Roboré del departamento de Santa Cruz, a través de su abogado, en audiencia manifestó lo siguiente: 1) Por la literal que se acompañó, se tiene que su persona actuó en el marco de la legalidad. Por otra parte, de la revisión del memorial de la presente acción tutelar, no consta que el ahora accionante hubiese señalado que los vecinos del barrio “San Antonio” le hubieren dado poder para interponer la presente acción de defensa; 2) Existe otra acción de amparo constitucional donde se concedió la tutela para que en el lapso de cuarenta y ocho horas pueda ser entregada la sede y todos los libros de actas del barrio “San Antonio” del respectivo municipio; empero no se dio cumplimiento, por ello, se remitieron antecedentes al Ministerio Público, al no haber obedecido la Sentencia dictada por el mismo Juez de garantías que conoce la presente acción tutelar; y, 3) No se puede interponer un acción de amparo constitucional sobre otra acción tutelar análoga.