SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

II.3.

II.3.    Mediante proveído 12-00302-16 de 6 de julio de 2016, Jessica Paola Saravia Atristan, Directora Ejecutiva de la AJ dispuso que con carácter previo a la interposición del recurso de revocatoria interpuesto por el ahora accionante, presente la boleta de depósito bancario o boleta de garantía bancaria emitida a la orden de la AJ, con vigencia de un año; asimismo, cursa el proveído de 12-00388-16 de 19 de agosto de 2016, en el cual rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por el accionante, por no haber presentado el depósito bancario o boleta de garantía bancaria; y, finalmente cursa el Auto de Firmeza Administrativa 27-00040-16 de 10 de octubre de ese año, emitido por Rodolfo Omar Rivero Balderrama Director Regional Cochabamba a.i. de la AJ, en el cual declaró agotada la vía administrativa dentro del proceso administrativo seguido contra la empresa del accionante (fs. 19, 21 y 23).