SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

denegó

El Juez de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 26/2017 de 2 de mayo, cursante de fs. 29 a 30, denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos:         1) Cuando en la vía ordinaria existen medios o mecanismos de impugnación, para que de forma inmediata y eficaz se restituya el derecho a la libertad, deben ser utilizados antes de acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad;          2) Conforme a los arts. 54.1, 279 y 289 del Código de Procedimiento Penal (CPP); y, 74.2 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), los jueces de instrucción penal tienen competencia para ejercer el control de la investigación; es decir, de las actuaciones del Ministerio Público y de la Policía Boliviana; en consecuencia, los fiscales de materia tienen que informarle sobre el inicio de las investigaciones dentro de las veinticuatro horas; tal cual lo hizo la autoridad fiscal demandada; y, 3) El accionante no presentó prueba ni medios idóneos para demostrar la vulneración de su derecho a la libertad; siendo esta la causal de improcedencia de la presente acción de libertad.