SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0580/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
I.2.2. Informe de la autoridad demanda
Willmer Arend Herrera Moral, Director de la Penitenciaria Modelo de Villa Busch de Cobija del departamento de Pando, manifestó que el 9 de mayo de 2017, tomó conocimiento del mandamiento de libertad en favor del accionante, mismo que ordenó su inmediata libertad, siempre y cuando no estuviese detenido por otra causa, ante esa circunstancia solicitó un informe a asesoría jurídica, quienes a horas 17:30 del mismo día, informaron que el impetrante de tutela tenia mandamiento de condena y de libertad, el 10 de igual mes y año, mediante un policía verificaron en los juzgados “cautelar dos y tres″ (sic), constatando que no tenía otro proceso, a ese efecto a horas 16:30 del día, mes y año indicado, fue puesto en libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- Fragmento 11
- evitar que el interno que estuviese detenido por orden de otras autoridades evada la ley, burlando a la justicia, lo que le generaría igualmente responsabilidad
- III.4. Análisis del caso
- CONFIRMAR