Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0585/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante denuncia vulneración del derecho a “…una habitad digna, a la familia, a la salud…” (sic), debido proceso y el principio de celeridad a raíz de que las autoridades demandadas incurrieron en actos dilatorios en la remisión de su recurso de apelación contra la Resolución 054/2017, que rechazó su solicitud de cambio de domicilio para seguir cumpliendo la medida cautelar de detención domiciliaria, incumpliendo el plazo de veinticuatro horas previsto por el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- deniega
- II.1.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- La acción de libertad es una acción tutelar de carácter extraordinario, instituida en la Constitución Política del Estado en el art. 125, manteniendo el mismo carácter y finalidad de protección a la libertad física o personal, o de locomoción y al debido proceso vinculado con la libertad, además de haber ampliado su ámbito de aplicación y protección haciéndola extensible al derecho a la vida
- `…refiriéndose a la acción de libertad traslativa, en cuanto a los trámites y solicitudes cuando una persona se encuentra privada de libertad éstas deben ser atendidas con la mayor celeridad, por encontrarse de por medio la libertad
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica
- emerge directamente del art. 89 de la LTC, que establece que, también procede el hábeas corpus cuando se aleguen «…otras violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas, y los hechos fueron conexos con el acto motivante del recurso, por constituir su causa o finalidad…»´.
- es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad’
- se deduce que la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, tiene por objetivo precautelar aquellos supuestos en los que existe una demora o dilación injustificada por parte de la autoridad judicial o administrativa llamada a definir la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo