SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Quinto del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 188 de 27 de abril de 2017, cursante de fs. 255 a 259 vta., denegó la acción de amparo constitucional; determinación que se fundó en los siguientes puntos: i) El Auto de Vista de 14 de junio de 2016, ha sido emitido en cumplimiento de la SCP 0058/2016 de 12 de febrero, por lo que ante tal resolución de cumplimiento inmediato y obligatorio, los Vocales de la Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, no podían haber obrado de otra manera; ii) En cuanto a la vulneración del derecho al debido proceso, en sus elementos de legalidad y eficacia de los fallos ejecutoriados, los referidos Vocales han realizado una valoración de los elementos probatorios que cursan en el expediente, dentro del marco de razonabilidad y equidad, respetando los derechos y garantías consagrados en la CPE; y,               iii) Respecto al derecho a la propiedad privada, los accionados no han vulnerado tal derecho, porque el mismo sigue vigente, en tanto no exista un proceso ordinario que disponga lo contrario, cumpliendo con la SCP 0058/2016-S2 de 12 de febrero, resguardando el derecho a la propiedad prioritaria e inembargable de la opositora.