SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0639/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 14 de junio de 2014, se encontraba detenido en el Centro Penitenciario “San Antonio”, siendo elegido como parte del Consejo de Delegados de Disciplina, en las gestiones de 2014 a 2016, procediendo a trasladar varios internos conflictivos al Recinto Penitenciario “El Abra”, quienes lo hubiesen amenazado de muerte; motivo por el que, posterior a adquirir ejecutoria su Sentencia, el 3 de junio de 2016, expresó su temor de ir al citado Recinto Penitenciario, siendo denegado su pedido el 28 de igual mes y año; posteriormente, el 6 de julio de similar año, solicitó ante el Juez de Ejecución Penal Primero, el no traslado al Recinto Penitenciario “El Abra”, adjuntando Voto Resolutivo del Consejo de Delegados que apoyó su permanencia en el Centro Penitenciario “San Antonio”, que fue negado por Auto de 7 de ese mes y año.
El 18 y 24 de noviembre de 2016, solicitó al Juez demandado, su traslado al Centro Penitenciario “San Antonio”, siendo declarado improcedente, mediante Autos de 23 y 28 de igual mes y año; finalmente, el 9 de enero de 2017, reiteró su pedido, en virtud a que seguía recibiendo amenazas y agresiones, temiendo por la integridad de su persona y la de su familia; por lo que, al no tener respuesta, se vio por violentado su derecho a la vida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2.
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- recurso de apelación aludido, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados
- III.3. Análisis del caso concreto
- subsidiariedad
- CONFIRMAR en todo