Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0214/2017-CA
Fecha: 25-Jul-2017
Fragmento 6
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo dispuesto por los arts. 11 y 100 del Código Procesal Constitucional, resuelve: DEVOLVER el presente expediente al Juzgado Agroambiental de Yacuiba del departamento de Tarija, para que proceda a emitir una resolución conforme al procedimiento establecido en el citado Código, con la aclaración de que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, sólo se pronuncia en aquellos casos en los que se suscita un conflicto de competencias ante la negativa de una autoridad de apartarse del conocimiento de un proceso que es reclamado por otra.
- I.1. Contenido de la demanda
- I.2. Resolución de la autoridad agroambiental
- . Competencias entre la jurisdicción Indígena Originaria Campesina, la jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Agroambiental
- Si la autoridad requerida rechaza la solicitud o no se manifiesta en el plazo de los siete días subsiguientes, a partir de la petición de la autoridad demandante
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 6