AUTO CONSTITUCIONAL 0236/2017-RCA
Fecha: 06-Jul-2017
II.3. Análisis de la Resolución elevada en consulta
De los datos que cursan en el expediente se tiene que, emergente de un proceso penal seguido en contra del ahora accionante, por la presunta comisión del delito de violación, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Tarija, emitieron Auto de Vista 77/2017 (fs. 17 vta. a 20), confirmado la Resolución impugnada y dejando subsistente la medida cautelar de detención preventiva impuesta en su contra; incurriendo, en la vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso, en sus elementos motivación y fundamentación, a la presunción de inocencia y a la libertad.
En el caso concreto, la Jueza de garantías mediante Resolución 07/17, cursante de fs. 44 a 46, declaró improcedente la acción de amparo constitucional, fundamentando que los derechos invocados como vulnerados por el ahora accionante, tienen directa relación con su derecho a la libertad; es decir, que la inobservancia al debido proceso, es la causa principal; por lo que, corresponde que sus derechos sean tutelados mediante la acción de libertad.
De lo precedentemente expuesto, se tiene que la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Fallo, es aplicable al caso examinado; por cuanto, los actos reclamados y los derechos presuntamente vulnerados, se encuentran estrechamente vinculados con la privación de la libertad del accionante, siendo el Auto de Vista 77/2017 que se confirmó la medida cautelar de detención preventiva impuesta en su contra; por lo que, en ese entendido el accionante, debió interponer la acción idónea que la Norma Fundamental instituye para el efecto, como es la acción de libertad; y, no pretender que mediante la acción de amparo constitucional se analice la actuación de los Vocales demandados que emitieron la citada Resolución, confirmando la detención preventiva del mismo, lesionando presuntamente su derecho al debido proceso y su derecho a la libertad; por lo que, no corresponde el análisis de fondo de la problemática planteada por medio de la acción de defensa, cuando a través de él se busca la protección de la libertad, al encontrarse este derecho fundamental tutelado por la acción de libertad.