SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

a)

La accionante, a través de su representante legal en audiencia pública, ratificó in-extenso el memorial de acción amparo constitucional presentado, y amplió el mismo señalando que: a) Conforme al Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, cuando un trabajador es despedido de manera injusta tiene dos opciones, la primera denunciar este hecho ante la Jefatura Departamental de Trabajo respectiva, pidiendo la reincorporación; y, la segunda iniciar una acción vía ordinaria, reclamando beneficios sociales; en el caso concreto se decidió por la primera opción, es decir recurrir a la Jefatura Departamental del Trabajo precedentemente referida, como bien se tiene en el expediente y la recomendación al Alcalde demandado eso es suficiente para recurrir a la acción tutelar; b) Es importante señalar que trabajó tres años desde el 2014, hasta el 31 de diciembre de 2016, mediante contratos eventuales y consultorías en línea, los cuales fueron sucesivos, y que por disposición de la ley se convierten en contrato indefinido; la ley impone un límite, no es posible celebrar varios contratos sucesivos; los arts. 46, 47, 48, 49 de la CPE, respecto a la estabilidad laboral, no distinguen funcionarios eventuales o de carrera; su retiro es arbitrario e ilegal, porque si hubiera incurrido en faltas, el empleador tenía la opción de activar los procedimientos legales administrativos internos; y, c) La autoridad demandada, en forma arbitraria, no sólo vulneró el derecho al trabajo, sino derechos fundamentales como la vida, pues naturalmente a través de su salario subsiste, tiene cuatro hijos, uno es discapacitado, por lo cual dicha autoridad tomó una actitud arbitraria e ilegal; en mérito a la aclaración y ampliación solicitó se conceda la tutela disponiendo su inmediata reincorporación.