SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2017-S2
Fecha: 03-Jul-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 31 de mayo de 2016, fue sorprendido por funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) transportando marihuana en la carretera La Paz-Desaguadero; disponiéndose su detención preventiva, por orden del Juez de Instrucción Penal Noveno del mencionado departamento -ahora demandado-.
Aduce que a pesar de haber solicitado la aplicación de procedimiento abreviado, y que fuera señalada audiencia para dicho fin, su petición no fue resuelta por la drástica conducta del Fiscal de Materia asignado al caso, quien se negó a reajustar la tipificación de los hechos de tráfico a transporte de marihuana, tampoco aceptar la exclusión de su ex compañera de viaje, que solamente le acompañó en su ilegal travesía; sin embargo de ello, indica que hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar transcurrieron más de cuatro meses sin que su caso hubiese sido sorteado al Juez de Sentencia en lo Penal de turno, debido a que el expediente fue retenido por la autoridad demandada; ocasionando su detención y procesamiento ilegal e indebido, al encontrarse sufriendo anticipo de condena durante el lapso referido, sin estar sujeto además a control jurisdiccional, por cuanto el Juez de la causa, perdió competencia al dictar Resolución para que se proceda al procesamiento propiamente dicho, tampoco la de un Juez de Sentencia porque su caso no fue sorteado, encontrándose en una especie de “limbo” judicial.