SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

a)

Román Castro Quisbert, Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de La Paz, en suplencia legal de si homologa décima mediante informe escrito cursante a fs. 25 y vta., refirió  que: a) Conforme el libro diario del Juzgado de Instrucción Penal Décimo del citado departamento, el 1 de junio “2016” (lo correcto es 2017), ingresó solicitud de cesación a la detención preventiva interpuesta por la accionante que mereció el Auto de 2 de junio 2017, el cual establecía que al desaparecer el impedimento legal de su similar Noveno por nombrarse una nueva Juzgadora se dispuso la devolución de obrados; b) Posteriormente se notificó a la impetrante de tutela con el mencionado Auto; empero, no interpuso ningún recurso que le franquea la ley, de esta manera no agoto los medios necesarios para acudir a una acción de libertad; y, c) La fundamentación de la demandante de tutela es incongruente; toda vez que, refirió que hace quince días estaría solicitando cesación a la detención preventiva supuestamente tramitada ante el Juzgado de Instrucción Penal Noveno del antedicho departamento, “…vale decir la legitimación pasiva estaría fundamentada en contra de este juzgado en el supuesto de que no hubiera sido atendido, y no así en contra de mi autoridad como se puede evidenciar de la documentación que adjuntó” (sic).